Como ya sabéis la Ley no regula, exactamente, como deben viajar las mascotas, ahora bien, lo que sí hace la normativa es regular de forma genérica las condiciones de la conducción y ahí es donde podemos encontrar la posible infracción de no cumplir con lo fijado.
De esta manera encontramos que, como norma general, que «el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción; que garanticen su propia seguridad, la del resto de ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía.» Y de aquí podemos encontrar cómo viajar con las mascotas.
Viajar con mascotas, ¿cómo hacerlo?
Pero, además, encontramos que se «deberá ser cuidadoso, especialmente, en mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros; así como la adecuada colocación de los objetos o mascotas transportadas para que no haya interferencias entre conductor y cualquiera de ellos.»
Por lo que concluímos que los animales deberán ir sujetos con algún sistema de retención que impida que estos, en algún momento, puedan interferir en la atención permanente que el conductor debe indicar a sus acciones como tal.
Siendo los más adecuados, o bien, es específico ¨transportín¨ destinado a estos efectos y que debería ir colocado en el suelo del vehículo, o bien, el uso de la red o rejilla de sujeción o separación entre el maletero preparado al efecto y el habitáculo del vehículo.
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