¿Quieres conocer qué novedades traerá consigo la próxima reforma del carnet de conducir por puntos?


El Carnet de conducir por puntos será modificado próximamente. Y es que como podemos leer en la revista Iberley, el «Consejo de Ministros del pasado martes 16 de marzo aprueba un Proyecto de Ley para modificar el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre».

De esta manera se prevé el endurecimiento de las sanciones previstas para aquellos comportamientos que generan mayor riesgo para la conducción. Entre las que encontramos el uso del teléfono móvil al volante, y, además se impulsará «el mecanismo de los cursos de conducción segura como fórmula para mejorar la educación vial de los conductores.»


¿Cuáles serán las principales modificaciones que podremos observar?


Entre las modificaciones que encontraremos en la reforma del carnet por puntos destacamos:

Recuperación de puntos

Unifica en un plazo de dos años el tiempo que habrá de transcurrir sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de 12 puntos, siempre que no se haya perdido todo el saldo.

Uso de dispositivos ilegales

Sustituye la infracción grave consistente en «utilizar» mecanismos de detección de radares o cinemómetros por el mero hecho de «llevar en el vehículo» esos dispositivos. El nuevo tipo infractor mantiene la pérdida de 3 puntos que se asignaba a la anterior infracción.

Carnet por puntos y uso de teléfonos móviles

Se distingue dos tipos de infracciones en el caso de utilización de los teléfonos móviles. Si se sujeta con la mano mientras se conduce, la sanción es la pérdida de 6 puntos. Si se utiliza, sin sujetarlo con la mano, se perderán 3 puntos.

Uso del cinturón de seguridad

Otra de las grandes modificaciones que veremos será la elevación de la pérdida de 3 a 4  puntos «por no hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y otros elementos de protección. Además, incorpora como causa de la pérdida de esos puntos el hecho de no hacer uso de los mismos de forma adecuada.»

Eliminación de los 20km de más en adelantos

Otra de las grandes novedades es la supresión de la posibilidad para que «turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites genéricos de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos.»

Dos puntos más en el carnet de conducir por puntos por la realización de cursos

El hecho de realizar y superar  cursos de conducción segura (cumpliendo con los requisitos establecidos y se tenga saldo positivo de puntos), se verá compensada con dos puntos adicionales, «hasta un máximo de quince puntos y con una frecuencia máxima de un curso cada dos años. No obstante, la recuperación de esos puntos no será efectiva hasta que entre en vigor la regulación de las condiciones que deben cumplir tales cursos.»

Infracciones muy graves

Por último, una de las novedades que veremos en el carnet por puntos será la tipificación «como infracción muy grave la utilización de dispositivos de intercomunicación no autorizados en las pruebas para la obtención y recuperación de permisos o licencias de conducción u otras autorizaciones administrativas para conducir, o colaborar o asistir con la utilización de dichos dispositivos, que será sancionada con multa de 500 euros y la imposibilidad de que el aspirante pueda volver a presentarse a las citadas pruebas en el plazo de seis meses. Se trata del fraude más habitual en esta clase de pruebas.»

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