¿Quieres saber cómo tramitar herencias en tiempos de COVID-19?

En estos momentos de incertidumbre y de miedos, cualquier trámite se vuelve mucho más duro… Y con la muerte de algún familiar cercano mucho más. Al dolor de la pérdida, se une el desconocimiento y las dificultades para realizar los papeleos. Por eso en el artículo de hoy queremos hablar acerca de las herencias en tiempos de COVID-19, y de cómo es posible realizar sus trámites sin moverse de casa.

Pues bien, empezamos recordando que:

La Ley Sucesoria nos obliga a elaborar, liquidar y presentar ante la Consejería de Hacienda el Impuesto de Sucesiones en el plazo de 6 meses desde el fallecimiento del causante. Un documento donde queda recogida toda la masa hereditaria (bienes, derechos,…) del fallecido. Sin embargo, esa misma Ley nos da la opción de poder realizarlo a través de dos formas igualmente válidas: a través de documento público (Notaria) o documento privado.

Es por ello que desde Rueda Herencias recomendamos, y más en estos momentos de poca movilidad, llevarlo a cabo a través de la elaboración de un documento privado (existen pocas excepciones) donde queda reflejada la masa hereditaria.  Este documento debe ser firmado por todos los herederos presentes en el testamento o en la declaración de herederos. Así de sencillo.

¿Cómo realizar este trámite de herencias?

Para iniciar la tramitación de la herencia es tan fácil cómo ponerse en contacto con nosotros por tres vías:

  • Llamando a nuestro teléfono 911594239, donde os atenderá un experto en herencias y os dará toda la información detallada y un presupuesto ajustado a vuestra medida.
  • Podéis calcular online los honorarios de forma rápida y sencilla en el siguiente enlace: https://www.gestoriarueda.es/herencias/ 
  • posteriormente nos pondremos en contacto con vosotros en el número de teléfono facilitado.
  • O acudiendo a nuestras oficinas con cita previa concertada.

¿Qué documentación se necesita para la tramitación de herencias en tiempos de COVID-19?

Pies bien, con el presupuesto y las dudas resueltas nos deberás hacer llegar la siguiente documentación vía mail:

  • Certificado de defunción y últimas voluntades (si no lo tuvieran se lo obtenemos de forma gratuita)
  • Testamento o en su defecto declaración de herederos
  •  Fotocopia de los DNI de los herederos y del fallecido
  • Certificados de posiciones bancarias a fecha de fallecimiento
  • Escrituras de las propiedades del causante
  • IBI de las viviendas
  • Documentación de vehículos si los hubiera

4 pensamientos en “Herencias en tiempos de COVID-19: cómo tramitarlas sin moverse de casa

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