En una nota de prensa datada del pasado viernes 4 de Marzo, la Dirección General de Tráfico anunciaba: “Tráfico establece las condiciones para el uso de los sistemas de estacionamiento asistido de los coches”.
De esta manera, “la Dirección General de Tráfico ha dictado una instrucción por la que se regula el uso de los sistemas de ayuda al estacionamiento que cada vez más modelos de automóviles equipan”.
Y es que la gran mayoría de los vehículos nuevos cuentan ya con estos sistemas de estacionamiento asistido de los coches; por lo que era de esperar que desde la DGT se regulara.
Se trata de unos sistemas que facilitan al conductor la maniobra de estacionamiento del vehículo, “en condiciones de seguridad y comodidad”.
Gran penetración en el mercado los sistemas de estacionamiento asistido de los coches
La nota de prensa, prosigue “en la actualidad se está generalizando la penetración en el mercado de este los sistemas adaptados de ayuda a la conducción, (ADAS: Advanced Driver Assistance Systems). Entre los ADAS están cada vez más presentes los sistema de ayuda al estacionamiento, por este motivo la Dirección General de Tráfico ha publicado una instrucción que define qué es el sistema de estacionamiento asistido y cuáles son las condiciones básicas de uso de este avance tecnológico que facilita y hace más segura la tarea de la conducción”.
Vemos, pues que la gran penetración en el mercado de este tipo de sistemas, ha obligado a la Dirección General de Tráfico a establecer una normativa básica para su uso.
Principales reglas para el uso de los sistemas de estacionamiento asistido de los coches
Dentro de la nota de prensa, destacamos los siguientes puntos en cuanto a la normativa en el uso de los sistemas de estacionamiento asistido de los coches:
1º Cumplimiento de las condiciones de seguridad establecidas en la normativa del mecanismo de dirección de la CEPE: “El uso de este sistema puede emplearse en las vías abiertas al tráfico siempre que se cumplan las condiciones de seguridad establecidas en la normativa del mecanismo de dirección de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (CEPE) y se mantenga la distancia máxima de 15 metros entre la sección de inicio y final de la maniobra”.
2º Velocidad máxima: “Si el control de los mandos del vehículo se realiza desde fuera del habitáculo, la maniobra se realizará a una velocidad máxima de 5km/h y la posición del conductor será tal que le permitirá mantener su libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente. En todo caso la distancia entre el conductor y el vehículo será inferior a 4 metros”.
3º El conductor es el responsable de la conducción del vehículo: “Como ya ocurre con otros sistemas avanzados de ayuda el conductor, como por ejemplo: la frenada autónoma de emergencia, el control adaptativo de la velocidad o el asistente de cambio involuntario de carril, el conductor es el responsable de la conducción del vehículo”.
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