evitar multas

¿Cuál es la multa por conducir con el carnet de conducir caducado? Renovar el carnet de conducir es totalmente necesario

¿Vas a salir de viaje este agosto? Pues no esperes más para renovar el carnet de conducir... Ya que manejar con él caducado puede salirte muy caro. Y es que las multas ascienden a cantidades importantes. En este artículo vamos a hablar sobre ellas.

Como sabéis, en España es obligatorio tener un carnet de conducir para conducir un coche o una moto. Y, además, no está permitido manejar con él caducado, y el hecho de hacerlo, será sancionado con una multa. Algo que está regido la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.

¿A cuánto asciende la multa por tener el carnet caducado?

Si conduces con el carnet de conducir caducado la multa ascenderá a 200 Euros, ya que se considera una infracción grave. Eso sí, no serán retirados puntos.

El problema está que será lo mismo si el carnet lleva caducado un día o un año, la infracción será lo mismo. Por eso es importantísimo estar atento y no esperar al último día para renovar el carnet de conducir.

Por otra parte, conducir con nuestro permiso caducado, también puede llegar a considerarse delito, castigado con una multa de 12 a 24 meses, con pena de prisión de tres a seis meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.

Y, en el caso de tener un accidente, si conduces con el carnet de conducir caducado, es muy posible que tu aseguradora se niegue a hacerse cargo. Es decir, no pagará la reparación de tu coche, y si hay un tercero implicado, se hará cargo de los daños, pero después te los reclamará a ti.

¿Cada cuánto tiempo tengo que renovar el carnet de conducir?

Por último, desde Rueda Grupo, nos gustaría mostraros los plazos para renovar el carnet de conducir, dependiendo de los tipos de conductores, clases…

  • Cada 10 años hasta los 65 años para conductores con carnet de moto (AM, A1, A2 y A) y/o de coche (clase B)
  • Cada 5 años para los conductores con carnet de moto (AM, A1, A2 y A) y/o de coche (clase B) a partir de los 65 años.
  • Cada 5 años, para los conductores de menos de 65 años con permisos de las clases C1, C1 + E, C, C + E, D1, D1 + E, D y D + E.
  • Cada 3 años, para los conductores mayores de 65 años con permisos de las clases C1, C1 + E, C, C + E, D1, D1 + E, D y D + E.

Recuerda, que puedes en Rueda Psicotécnicos en Madrid, puedes renovar el carnet de conducir en Madrid, incluso hasta tres meses antes de la fecha de expiración.

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