¿Puedo ser sancionado por realizar un adelantamiento a un ciclista?

Hay que recordar que los ciclistas son un usuario más de las vías de circulación (incluso una bicicleta) y que, por tanto, le es de aplicación la normativa reguladora del tráfico y la seguridad vial. Por tanto, un adelantamiento indebido a un ciclista, efectivamente, puede ser considerado una infracción grave que supondrá una sanción económicamente de multa por importe de 200 euros y si se pone en peligro o se entorpece al ciclista, además sería sancionado con la pérdida de cuatro puntos del carnet de conducir.

En este sentido deberíamos señalar que, el adelantamiento a un ciclista, se debe realizar como a cualquier otro vehículo, pero por ser un elemento, incluso, más débil, debe realizarse con mayor precaución.

Así, se debe señalizar la maniobra accionando el intermitente correspondiente, se debe dejar una separación mínima de un metro y medio con los ciclistas y se debe frenar y disminuir la velocidad circulando detrás si el adelantamiento no se puede realizar en las condiciones señaladas; hay que recordar que, incluso, se puede invadir el carril contrario, aunque esté prohibido, para adelantar al ciclista, siempre que no se genere peligro a quienes circulen por ese otro carril.

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